Tras iniciarse la vacunación contra el COVID-19 en adolescentes a partir de los 15 años y, posteriormente, desde los 12 años (5 de noviembre), la Defensoría del Pueblo recomendó a las autoridades del sector salud adoptar acciones de manera urgente para garantizar que el acceso a las vacunas en esta población no esté condicionada por la presencia de sus padres, madres o de alguna persona adulta.
De acuerdo a la institución, se solicita esto “a fin de que puedan acceder (adolescentes) a ser vacunados teniendo en consideración su interés superior y autonomía progresiva”.
El pedido fue efectuado tras la publicación del “Protocolo para la vacunación contra la COVID-19 para adolescentes de 12 a 17 años” emitido por el Ministerio de Salud (Minsa).
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En este se advierte la exigencia que el consentimiento informado sea otorgado y firmado por el padre, madre o tutor legal, así como también que acudan acompañados por estos al centro de vacunación.
“En el referido documento no se consideró la situación de la población adolescente migrante y de quienes se encuentran institucionalizados en centros de acogida residencial, centros juveniles de rehabilitación u hospitalizados, entre otros casos”, advirtió la Defensoría.
¿Qué se solicita al Minsa?
Según la Defensoría, se recomendó al Minsa implementar las estrategias más efectivas e idóneas para garantizar el acceso oportuno de las vacunas para adolescentes que no cuenten con el consentimiento informado firmado por el padre o madre, representante o tutor. También se pide lo siguiente:
“Resulta indispensable que en el protocolo se considere el enfoque de interculturalidad, a fin de contemplar las coordinaciones necesarias con líderes indígenas durante el proceso de vacunación. Todo ello, sumado a una campaña intensiva de difusión en diferentes medios y lenguas respecto al proceso de vacunación a la población adolescente, con enfoque de derechos e interculturalidad”, señaló la institución en un comunicado.
“La vacunación no debe estar condicionada”
“La vacunación a adolescentes es un tema de salud pública que no debe estar condicionada a requisitos que la limiten, sobre todo en el actual contexto, donde debe primar el beneficio y protección que otorga la vacuna frente a los posibles efectos adversos, que son poco frecuentes en esta población. En ese sentido, es necesario modificar el protocolo y adoptar otro tipo de medidas que permitan que la población adolescente acceda a la vacunación”, señaló Matilde Cobeña, Adjunta para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo.
Cobeña señaló que en Junín se advirtió la presencia de los progenitores o la presentación de una carta poder notarial o una declaración jurada con firma legalizada ante notario a fin de que la población adolescente pueda ser inmunizada.
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