Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar el próximo martes 29 de junio sin descanso sustitutorio posterior, tienen derecho a percibir una triple remuneración: una por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera por haber laborado en día feriado, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
El gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala, indicó que existen 10 casos concretos que pueden presentarse en las empresas con relación al pago de remuneraciones para el Día de San Pedro y San Pablo.
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Conforme al Decreto Legislativo 713 y las normas laborales excepcionales que rigen durante el periodo de emergencia nacional, estas son las consideraciones a seguir:
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