HOY se verá apelación de Wilfredo Oscorima por \’Caso Rolex\’

Gobernador regional de Ayacucho es investigado por entregarle joyas y relojes de alta gama a la presidenta Dina Boluarte.

Fecha de publicación: 25/03/2025 2:06 pm
Actualización 25/03/2025 – 2:15

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema analizará este martes el recurso de apelación presentado por el gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima, contra la resolución que el ‘Caso Rolex’ sea investigado por una Fiscalía Anticorrupción.

La resolución en cuestión fue emitida por el juez Juan Carlos Checkley el 8 de julio de 2024, donde declaró improcedente el recurso de tutela de derechos presentado por Oscorima para anular la disposición del Ministerio Público que ordenó desacumular los hechos imputados en su contra y de la presidenta Dina Boluarte.

Oscorima es investigado por el delito de cohecho, luego de revelarse que la autoridad regional le entregó joyas y relojes de alta gama a la mandataria.

Asimismo, la Fiscalía ordenó que la investigación sea llevada a cabo por la Fiscalía Superior Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

El juez supremo César San Martín estará a cargo de la audiencia en la que se decidirá si se revoca la resolución emitida por el juez Checkley. Para ello, escuchará los alegatos de la defensa de Wilfredo Oscorima, así como de los representantes del Ministerio Público y de la Procuraduría.

La defensa del gobernador regional de Ayacucho considera que la disposición de la Fiscalía de la Nación solamente está dirigida a otros fiscales que no sean el fiscal de la Nación para procesos comunes. En ese sentido, argumenta que esa decisión vulnera el principio de unidad de la investigación.

No obstante, el juez Juan Carlos Checkley determinó que en la investigación hay una funcionaria en condición de «aforada», en referencia a la presidenta de la República, cuya investigación preliminar en su contra ya culminó y se formuló la acusación constitucional ante el Congreso.

“Como es de verse, la materia tratada no se vincula con una vulneración de los derechos que posibilitan una tutela de derechos, por lo que debe desestimarse por improcedente”, indicó una resolución del juez, de acuerdo a RPP.

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