¡Desde el 10 de diciembre! Hospedajes deberán registrar a extranjeros

Los que incumplan con esta disposición serán multados con hasta 2 UIT.

Fecha de publicación: 08/12/2024 – 7:47

Con el objetivo de reforzar la seguridad migratoria y el orden interno, desde el próximo martes 10 de diciembre, los hospedajes y arrendadores deberán registrar a los ciudadanos extranjeros en una plataforma virtual gratuita de Migraciones.

Ello en cumplimiento del Decreto Supremo N.° 011-2024-IN, que modifica la Ley de Migraciones y su reglamento, y que obliga a dichos establecimientos a exigir los documentos de viaje o de identidad a las personas extranjeras.

Dicha norma busca fomentar una migración segura, ordenada y regular, así como estandarizar que, tanto peruanos como extranjeros cumplan las mismas exigencias para acceder a los referidos servicios de alojamiento en todo el territorio nacional.

Como parte de esta medida, los extranjeros tendrán que presentar su pasaporte vigente, en caso se encuentren como turistas, o su carné de extranjería o carné de permiso temporal de permanencia (CPP) si es que son residentes en el Perú.

Los hospedajes que no cumplan con la disposición o que no registren adecuadamente la información ni la transmitan a la plataforma de Migraciones, serán pasibles de sanción con multas de hasta 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

De esta manera, tanto los hospedajes como los arrendadores podrán mitigar el riesgo de que sus establecimientos puedan ser usados para actividades ilícitas y así, contribuir con el control de la seguridad nacional.


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