Los trabajadores del régimen CAS ya no emitirán recibos por honorarios

Sunat modificó el reglamento para simplificar trámites de remuneración. Las entidades empleadoras deberán emitir una boleta mensual de pago a partir del 1 de enero.

(USI)

Fecha de publicación: 22/08/2019 – 3:03

Los empleados registrados bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) ya no tendrán que emitir recibos por honorarios para percibir su remuneración. La modificación del reglamento obliga a los empleadores a emitir boletas de pago para agilizar los trámites.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) cambió el Reglamento de Comprobantes de Pago. La resolución de Superintendencia N° 286-2012 facilita y simplifica los trámites en las instituciones públicas para efectuar el pago de las remuneraciones a los trabajadores.

La norma en mención fue publicada hoy en el diario oficial, pero estará vigente a partir del 1 de enero del próximo año. Se incluirán a todos los contratos bajo el CAS en el 2013 y los contratos firmados este año, pero cuyos servicios estén programados durante el próximo.

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