Juez Walther Huayllani Choquepuma. (Foto: Difusión).
Juez Walther Huayllani Choquepuma. (Foto: Difusión).

El juez Walther Huayllani Choquepuma aseveró que se cometería un concurso real de delitos, que significa la suma de varias penas, en caso el imputado además de ocasionar un en estado de ebriedad, huye del lugar o se niega a someterse al dosaje etílico y producto de ello abandona a personas heridas.

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En esa línea, explicó que solo conducir en estado de ebriedad independientemente de las lesiones implica, según el artículo 274 del , una pena de seis meses a dos años si conducía un vehículo privado con 0.5 gramos de alcohol por litro de sangre, la cual se incrementa de un año a tres si manejaba un vehículo público con 0.25 gramos de alcohol por litro de sangre.

Esta pena se agrava, dijo, si el conductor escapa del lugar sin llamar a las autoridades médicas o bomberos para que presten apoyo a las víctimas.

“Si escapamos estaríamos cometiendo el delito de omisión al socorro que está previsto en el artículo 126 del Código Penal y se sanciona con una pena privativa de la libertad no mayor de tres años”, manifestó.

Al respecto, señaló que el imputado podría ser sancionado con penas entre seis meses a tres años años dependiendo del vehículo que conducía (público o privado), sanción que se sumaría si el conductor rechaza pasar el , cuyo delito se sanciona con pena privativa de la libertad de cuatro a siete años.

“Cuatro años por la desobediencia a la autoridad, tres años por la omisión y seis meses por la conducción en estado de ebriedad tenemos una suma de siete a más años de prisión”. Sin embargo, podría llegar hasta 13 años de condena.

Por otro lado, el juez Huayllani aclaró que existe una idea equivocada en muchos conductores que escapando del accidente de tránsito evaden el dosaje etílico al explicar que esta prueba se puede realizar hasta tres días después del accidente automovilístico.

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