ALERTA. La nueva ley afecta casos iniciados desde 2018.
ALERTA. La nueva ley afecta casos iniciados desde 2018.

¿Cuál es la principal observación que le hace a la nueva norma?

Lo relevante de este proyecto es el plazo. Es importante que un acuerdo de colaboración eficaz tenga un plazo, pero debería ser idéntico al proceso principal. Es decir, en el caso de criminalidad organizada el plazo es de 36 meses y la prórroga tendría que tener el mismo plazo porque podrían surgir hechos nuevos. Esto es un problema para los casos que están en trámite desde 2018.


¿Qué pasa con estos casos si se promulga la ley?

Esos procesos estarían en caducidad y tendría el fiscal que pronunciarse por el archivo o por el acuerdo, pone en riesgo los procesos judiciales principales. Desde aquí hago un llamado de atención a la calma y a la tranquilidad. Las normas no deben ser dictadas para un caso en específico, las normas deben verse en general. Hay que preservar todos los procesos en trámite y de todo tipo de naturaleza; corrupción, trata de personas, crimen organizado e incluso delitos violentos.


Es decir, la nueva norma genera impunidad.

Sí, la genera. Porque si se aplica, muchos procesos de colaboración eficaz ya estarían caducados; como por ejemplo el caso de los Cuellos Blancos, en el cual he tenido mayor conocimiento, hay procesos de colaboración eficaz que no han terminado. Considero que debería observarse por el Ejecutivo. Además, encuentro una restricción de los medios de corroboración. Un juez tiene valoración libre, no se le puede restringir a que valore solo lo que exista en la carpeta fiscal. El fiscal puede buscar la prueba en otros procesos de trámites abiertos y pedir que la prueba sea trasladada. Estoy segura de que la norma se va a observar, pero si no, se tendría que buscar su nulidad en el Tribunal Constitucional, que es un proceso más largo.


Rocio Sanchez sobre Nueva Ley de Colaboración Eficaz


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