Aldo Vásquez no respondió que si son inhabilitados, los miembros de la JNJ dejarán sus cargos. (Foto: P21/MotorolaG100)
Aldo Vásquez no respondió que si son inhabilitados, los miembros de la JNJ dejarán sus cargos. (Foto: P21/MotorolaG100)

Por espacio de casi tres horas, el Pleno del Congreso escuchó los descargos de los siete miembros de la , y de sus abogados. Esto, como parte de la votación del informe final de pide acusarlos constitucionalmente e inhabilitarlos por 10 años de la función pública, y por consecuencia, en caso eso ocurra, destituirlos.

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MIRA: Comisión Permanente del Congreso aprueba el informe que recomienda destituir a toda la JNJ

“Aún es tiempo, señores congresistas de detener un atentado contra la institucionalidad del país”, dijo el vocero y vicepresidente de la JNJ, Aldo Vásquez, en su presentación.

El abogado de Inés Tello, Omar Cairo, señaló que de acuerdo con el artículo 100 de la Constitución, su defendida y los otros seis miembros, en caso se apruebe el informe, no podrían ser destituidos, porque en el informe no indica “destitución” sino inhabilitación y acusación.

Al ser consultado sobre ese argumento de Cairo, Aldo Vásquez, en rueda de prensa, al ser consultado por Perú21, no fue claro en precisar si lo dicho por Tello es una decisión que tenga consenso. Solo señaló: “Somos respetuosos de la Constitución”.

Desde la mañana, los siete miembros de la Junta —Imelda Tumialán, Aldo Vásquez, Henry Ávila, Antonio de la Haza, María Zavala, Guillermo Thornberry e Inés Tello—, acompañados de sus abogados Samuel Abad y Omar Cairo, llegaron al Congreso, a dar sus descargos del informe final que pide la remoción de los siete integrantes.

A las 1:00 de la tarde, después de ser escuchados por el Pleno, el presidente del Congreso, Alejandro Soto, suspendió el Pleno. La votación del informe final se realizará a las 3:00 de la tarde.

Por la mañana, el congresista de Renovación Popular, Jorge Montoya, dijo que “hay los 66 votos” requeridos, según el reglamento, para acusarlos constitucionalmente e inhabilitarlos por 10 años de la función pública. Esto, por haber infringido los artículos 139 y 156 de la Constitución, que prohibía que puedan mantener en el cargo a Inés Tello por tener más de 75 años de edad.