APUNTA. “No se puede sancionar por dar una opinión”. (GEC)
APUNTA. “No se puede sancionar por dar una opinión”. (GEC)

¿El Congreso traspasa los límites de la democracia con la ley que endurece la pena por difamación?

Este es un grave retroceso para la democracia, no solo este proyecto sino otras iniciativas que entiendo están en carpeta como la colegiación obligatoria y la regulación de contenidos que se emiten por radio y televisión. En ese contexto, el informe de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) da cuenta que Perú está en su peor momento de retorno a la democracia por la cantidad de agresiones y amenazas contra periodistas y medios. Es un entorno muy complejo muy oscuro que tiene que ser disipado con una gran decisión política por el Ejecutivo, pero también por el Legislativo, para dar garantías por el libre trabajo de investigación de periodistas y de realizar denuncias si fuera necesario.

MIRE: Susana Villarán: Inician audiencias por pagos de Odebrecht, OAS y Graña y Montero

¿Cuáles son los riesgos?

Evidentemente, la situación que vive el Perú se remonta a lo que viene ocurriendo desde hace un tiempo, por la situación de debilitamiento institucional que vive el país desde el proceso electoral anterior a la llegada de Castillo, luego durante todo el proceso de Castillo y ahora con el actual gobierno. Ese debilitamiento institucional va siendo paralelo al debilitamiento de las garantías del trabajo periodístico y es habitual que eso ocurra, porque se debilita, se hostiga a la prensa y eso nos lleva a más restricciones de las libertades públicas. Nos restringe el debate ciudadano que es tan necesario para fortalecer la democracia. Cuando ese debate ciudadano empieza a ser cada vez más limitado, la democracia sufre y padece.

En 2011, el Congreso aprobó una ley que eliminaba la prisión por difamación, el entonces presidente Alan García no la promulgó y la observó. ¿Fue la peor decisión?

Los estándares interamericanos nos dicen que es necesario que las calumnias e injurias queden fuera del ámbito penal. Es decir, si hay algún tipo de reclamo o algún exceso que se haya cometido por la prensa, este debería ser perseguido solo por la vía civil. El principio 10 de la Declaración de Principios de la Libertad de Expresión dice claramente: “La protección de la reputación debe estar garantizada solo a través de sanciones civiles, en el caso de que la persona afectada sea un funcionario público, una persona pública o un particular que se haya involucrado en asuntos de interés público”. Debe regir el principio de la real malicia, es decir, que el periodista o el medio hayan tomado conocimiento de que el hecho era falso o que se haya movido con suficiente negligencia como para no profundizar en la investigación. No se puede tener una espada de Damocles contra un periodista por el solo hecho de dar una opinión o hacer una investigación sobre temas de interés público.


AQUÍ LA ENTREVISTA:

Carlos Jornet sobre ley mordaza que intenta instaurar el Congreso




VIDEO RECOMENDADO

Luis Lamas Puccio sobre caso Susana Villarán

TAGS RELACIONADOS