Protestas. Diversos colectivos, cabe recordar, salieron a marchar contra el currículo escolar.  (MarioZapata/Perú21)
Protestas. Diversos colectivos, cabe recordar, salieron a marchar contra el currículo escolar. (MarioZapata/Perú21)

Redacción PERÚ21

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La Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima otorgó una medida cautelar a favor del colectivo Padres en Acción (PEA) para que el detenga la implementación –en forma parcial– del Currículo Nacional de Educación Básica.

Dicha sala, que preside la jueza Ana Valcárcel, señaló en su resolución –notificada con fecha 6 de marzo– que se resolvió suspender la Resolución Ministerial 281-2016-Minedu, solamente en el extremo que aprueba el currículo escolar respecto al “enfoque de igualdad de género”.

Específicamente, en la parte que se consigna que “si bien aquello que consideramos femenino o masculino se basa en una diferencia biológica sexual, estas son nociones que vamos construyendo día a día, en nuestras interacciones”.

Dicha resolución fue considerada como una “nueva victoria” por el colectivo ConMisHijosNoTeMetas, según lo expresó a través de las redes sociales.

No obstante, la resolución precisó que dicha suspensión se dará “hasta que el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia sea resuelto por la Corte Suprema”.

Y es que el Minedu ha apelado y solicitado que se revoque la primera sentencia –emitida en agosto y que declaraba fundada parcialmente la demanda de los padres– al considerar que se había emitido una “opinión subjetiva”.

SABÍA QUE...

La última resolución ordena suspender cualquier procedimiento para reproducir algún material educativo que contenga el concepto anulado en la sentencia.