Redacción PERÚ21

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Igualdad salarial. El aprobó hoy el reglamento de la ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres.

Esta nueva disposición, publicada en El Peruano, señala que el empleador tiene la obligación de establecer cuadros, funciones y remuneraciones equitativas para ambos géneros. Asimismo, debe fijarse un orden y una jerarquía de las categorías en base a su valorización y a la necesidad de la actividad económica.

Todo proceso de postulación o ingreso a cualquier trabajo incluye una evaluación y metodología elegida por el empleador, la cual no debe implicar discriminación directa o indirecta por motivo de sexo.

Salario equitativo

La empresa que opte por utilizar esquemas de remuneración variable debe asegurarse que las condiciones establecidas para el otorgamiento de este tipo de remuneración sean objetivas y se sustenten en la necesidad de su actividad económica.

Por ello, es preciso señalar que el empleador que ya cuente con el cuadro de categorías y funciones debe verificar, hasta el 31 de diciembre de 2018, que los criterios contenidos en el mismo sean acordes a las disposiciones establecidas en la Ley y el presente Reglamento.

Fiscalización a empleadores

En el reglamentó, se afirma que la expedirá las directivas y/o protocolos necesarios para la fiscalización de las obligaciones previstas en esta norma, en un periodo máximo de 90 días.

Durante el año 2018, la Sunafil y el realizarán acciones de orientación dirigidas a garantizar su adecuada implementación. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2019, la fiscalización se iniciará en cualquier momento.

Si deseas conocer más detalles de este nuevo reglamento, puedes hacer click