El Conadis recuerda a los organizadores, promotores e intermediarios de eventos, públicos y privados, la obligación de aplicar descuentos y de reservar cierto número de entradas para las personas con discapacidad que cuenten con su Certificado de Discapacidad o el carné del Conadis. Ello, ante el incremento de espectáculos por la celebración de las Fiestas Patrias.
De acuerdo con la Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley 29973), los espectáculos culturales, deportivos y recreativos organizados por entidades públicas deben ofrecer el 50% de descuento sobre el valor de la entrada, y la reserva del 25% del número total de entradas.
Mientras que, para los eventos privados, el descuento es del 20% y la reserva de hasta el 10% del total de entradas, respectivamente.
“Estos beneficios son exclusivamente para las personas con discapacidad que se encuentren acreditadas; es decir, que cuenten con su Certificado de Discapacidad o con su carné del Conadis. Además, son intransferibles”, señaló Pedro Pinedo, representante de la Dirección de Fiscalización y Sanciones del Conadis.
Multas
El Conadis precisa que, según la norma señalada, los organizadores de eventos públicos o privados que impidan el ingreso de personas con discapacidad, acreditadas, pueden ser multados con hasta 7 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/ 34,650, al tratarse de una infracción grave.
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En cuanto a la inaplicación del descuento del 50% y 20% a los precios de las entradas para eventos públicos y privados, respectivamente, el ente rector señala que la multa ascendería hasta 2 UIT, equivalente a S/ 9,900.
Canales de denuncia
Ante la vulneración de sus derechos, la persona con discapacidad puede denunciar el hecho, si está en Lima, acudiendo a la sede central del Conadis, ubicada en la Av. Arequipa N.º 375, Cercado de Lima.