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Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

José Carlos Reyes,Mis.Finanzasjreyes@peru21.com

Una buena noticia para los usuarios de los servicios de transporte, ya sea terrestre, aéreo o acuático.

En adelante, las personas que adquieran un boleto de ida y vuelta, o con varios tramos de viaje, podrán utilizar su ticket aun cuando hayan perdido una o varias de esas conexiones.

Así lo dispone la Ley 30046 –promulgada ayer por el Congreso de la República–, que refuerza los derechos contemplados en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

La norma fue saludada por el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Crisólogo Cáceres.

"Se acabará con el abuso, sobre todo de las aerolíneas, pues cuando el usuario no alcanzaba a tomar el vuelo de ida, automáticamente perdía el de vuelta pese a que ya había pagado por el servicio", refirió.

NO APLICA EN ESCALASCáceres precisó que los tramos múltiples no deben ser confundidos con las paradas de escala. "El derecho regirá cuando se adquieran boletos para diversos destinos y el usuario tenga estadía en cada uno de ellos", apuntó. Recordó que esta norma se aplica solo para los servicios en el ámbito nacional.

MULTAN A LAS AEROLÍNEASLa Ley 30046 también ratifica el derecho –ya estipulado en el Código– a endosar un pasaje a nombre de otro usuario o postergarlo sin tener que pagar penalidades.

Sin embargo, esta facultad de los consumidores ha venido siendo infringida por las aerolíneas. Por ello, Indecopi ya sancionó a cuatro de ellas (LAN, Avianca, Star Perú y LC Perú) por haber mantenido estos cobros indebidos.