Además:

Decreto 1097 no se aplica a Grupo Colina

Lunes 06 de septiembre del 2010 | 04:01

El fiscal Pablo Sánchez señaló que normas del Ejecutivo quiebran el principio de igualdad al favorecer a los militares y policías.

Compartir

El fiscal supremo Pablo Sánchez, actualmente encargado del Ministerio Público, dijo que el decreto 1097 emitido por el Ejecutivo, referido a la aplicación de normas procesales por delitos de violaciones de derechos humanos, no puede aplicarse a los miembros del grupo Colina.

Esto luego de que los integrantes de este comando de aniquilamiento pidieron acogerse al decreto 1097, solicitud que deberá resolver la Primera Sala Penal Especial de la Corte de Lima, integrada por las juezas Inés Villa, Inés Tello e Hilda Piedra.

¿Qué dice el decreto 1097? Señala que los crímenes contra los derechos humanos deberán ser archivados si en un periodo de 36 meses desde que se inicia la etapa de instrucción no se dicta sentencia.

Sánchez explicó que la figura legal del sobreseimiento de los casos establecido en el referido decreto archivaría todos los procesos que se encuentran en fase de investigación y subrayó que dicho dispositivo quiebra el principio de igualdad y favorece claramente a los militares y policías.

“Son normas que tienen una línea y un objetivo claramente determinado que lo hacen, obviamente, quebrar el principio de igualdad. Es posible que una persona tenga un proceso por homicidio calificado, pero que no es militar o policía y puede reclamar que le traten igual procesalmente hablando”, señaló el magistrado en Ideeleradio.
Sánchez Velarde informó en otro momento que el Ministerio Público evalúa cada uno de los decretos legislativos para presentar de una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional si fuera necesario.

“Estamos evaluando el contenido de estas normas para ver qué acción podemos tomar, no sólo en el decreto legislativo 1097, sino en los otros. De hecho hay algunas normas que queda en manos de los jueces aplicarlas o no”, afirmó.