Sábado 11 de febrero del 2012 | 23°

Con un decreto de urgencia –como lo había adelantado *Perú.21*–, el Gobierno puso fin a la polémica suscitada por la disposición del Código de Consumo que permitía el libre endoso, transferencia y postergación de los pasajes aéreos nacionales.
Tal posibilidad, incluida por el Congreso durante el debate de dicho documento, generó el rechazo inmediato de la industria aerocomercial, así como preocupación al interior del Poder Ejecutivo.
“Es muy bonito decirlo (libre endoso), pero lo que pasará es que se desalentará a las empresas del sector de seguir ofreciendo tarifas económicas”, afirmó hace una semana el ministro de Transportes y Comunicaciones, Enrique Cornejo.
CON ACUERDO. La norma legal publicada ayer en el diario oficial El Peruano precisa que “los derechos de endoso, transferencia y postergación se ejercerán siempre que sean parte de las condiciones pactadas con los consumidores”, es decir si se acordó con la agencia de viaje o aerolínea al momento de la compra.
Asimismo, establece que las empresas prestadoras de servicios de transporte nacional deben cumplir con informar previamente y de manera clara las condiciones de los contratos para que los usuarios puedan hacer uso de estos derechos.
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