Lunes 13 de febrero del 2012 | 29°

Todo apunta a que las entidades del sistema financiero que se negaron a recibir dólares con sellos en zonas de seguridad, argumentando que dificultaban la comprobación de su autenticidad, serán sancionadas, pues según el jefe de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Felipe Tam, no se informó debidamente a la población sobre esta disposición.
“La circular de la Asociación de Bancos (Asbanc) –con el detalle de las restricciones al cambio de divisa– no fue difundida debidamente. No hubo una campaña educativa dirigida a la población. Se aplicó improvisadamente”, manifestó.
Aunque precisó que a su despacho no le corresponde actuar de oficio en el tema –Indecopi ya anunció el inicio de una investigación–, informó que en una reunión con representantes de Asbanc, estos se comprometieron a seguir recibiendo los billetes verdes marcados por un plazo indefinido. Asimismo, iniciarán una campaña masiva para informar sobre las nuevas restricciones, indicó.
SUELDOS INTANGIBLES. De otro lado, ante la polémica suscitada por la posibilidad de que los bancos dispongan del dinero depositado en las cuentas para cobrar las deudas por créditos, la SBS explicó que, actualmente, coexisten dos disposiciones legales sobre el tema, que requieren ser precisadas.
Mili Guillén, jefa de Regulación de la SBS, refirió que el artículo 648 del Código Procesal Civil establece que solo se puede embargar la tercera parte del saldo de los sueldos mayores a S./.1,800. Sin embargo, anotó, el artículo 132 de la Ley de Bancos faculta a los bancos a embargar las cuentas de sus clientes, sin fijar límites para la retención.
La funcionaria pidió al Congreso incorporar en la Ley de Remuneraciones –que ya cuenta con el dictamen a favor en la Comisión de Trabajo– una disposición que fije la intangibilidad de la cuenta de remuneraciones en los bancos.
Por su parte, el jefe de la SBS, Felipe Tam, detalló que si se verifica un caso de esta naturaleza, la SBS puede proceder a sancionar a los bancos, pero es ante Indecopi adonde el usuario debe acudir para solicitar que el banco le devuelva lo cobrado en exceso.
Anotó que, en los próximos días, la Superintendencia emitirá un comunicado “para esclarecer la posición del regulador frente al tema”. En tanto, el Ministerio de Trabajo aclaró, mediante nota de prensa, que los sueldos son inembargables. “Su naturaleza jurídica no puede cambiarse”, puntualizó.
Nuestra Chica.21 llegó al Perú a los 17 años directamente de Estados Unidos. Hoy está enamorada de nuestro país, de su gastronomía y de su gente.