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"Es legal el fallo del TC a favor de un trabajador que fue a laborar ebrio"

Miércoles 14 de enero del 2009 | 12:17

El abogado laboralista Jorge Toyama comentó la resolución del Tribunal Constitucional y dijo que para que un trabajador sea despedido por acudir a su centro de labores en estado de ebriedad, este debe haberlo hecho de forma reiterada o realizar actividades de alto riesgo.

ENCUESTA. Recogimos la opinión de la gente sobre este tema. (Perú21.pe)
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El polémico fallo del Tribunal Constitucional (TC), que consideró “desproporcionado e irrazonable” despedir a un trabajador que haya concurrido a su centro laboral en estado de embriaguez, sigue provocando opiniones encontradas. Jorge Toyama, abogado laboralista, se mostró de acuerdo con la sentencia pues afirmó que se cumplió con la ley.

“Cuando un trabajador concurre a laborar y realiza una actividad no riesgosa, la ley exige reiterancia (para que sea despedido)”, señaló el especialista en diálogo con Perú21.pe. Recordó que las únicas causales de despido que contempla la Ley de Productividad y Competitividad Laboral son: el ingerir bebidas alcohólicas en el centro de trabajo, la ingesta en reiteradas ocasiones o la embriaguez del trabajador que realiza actividades de alto riesgo.

El fallo del TC, emitido ayer, se basó en el caso de Pablo Cayo Mendoza, empleado de la Municipalidad de Chorrillos, quien presentó la demanda tras su despido en el 2004.

“Las personas que señalan que la ley dice algo distinto no están en lo correcto. Por ello, la sanción que debió aplicarse fue una suspensión temporal sin goce de haberes”, acotó.

En la víspera, a abogada laboralista Beatriz Alva Hart cuestionó este fallo al sostener que esa decisión va en contra de la ley de competitividad y productividad laboral.

La letrada recordó que el artículo 25 de la ley de productividad y competitividad califica a la embriaguez y la violencia (en todos sus sentidos) como faltas graves en un centro laboral y, por tal motivo, causales de despido incluso aunque no sean repetidas.

OTRA VEZ, EL TC SE EXCEDIÓ”. El gremio empresarial criticó duramente este fallo. El presidente de la Sociedad Nacional de Industrias (SIN), Eduardo Farah, consideró hoy que el órgano colegiado “se ha vuelto a exceder” y que no debería pronunciarse sobre temas laborales, cuando existe el Ministerio de Trabajo y el Consejo Nacional del Trabajo.

“Contraviniendo lo que dijo su presidente Juan Vergara, ahora el tribunal se pronuncia sobre todo. A este paso vamos a tener que cerrar el Poder Judicial y dejar que ellos hagan justicia”, afirmó a la agencia Andina.

Resaltó que dicha sentencia rompe la disciplina de las empresas, afecta la productividad y competitividad, además, pone en peligro la seguridad de todo el centro laboral.

Por su parte, el presidente de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), Jaime Cáceres Sayán, estimó que el TC no debe resolver una cuestión laboral. “Ellos deben resolver asuntos de Estado, cosas trascendentes para el país”, subrayó.