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Fallo del TC en contra del despido por embriaguez causa controversia

Martes 13 de enero del 2009 | 07:05

El Tribunal Constitucional (TC) consideró “desproporcionado e irrazonable” que un trabajador pierda su empleo por acudir a laborar en estado de ebriedad, excepto si tiene antecedentes de indisciplina. Las opiniones están divididas al respecto.

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La polémica resolución emitida por el Tribunal Constitucional que considera “desproporcionado e irrazonable” que un trabajador pierda su empleo por acudir a laborar en estado de ebriedad ha provocado reacciones de rechazo y aprobación.

Aunque para el psicólogo de Cedro Milton Rojas, una persona ebria representa un riesgo para él y sus compañeros, considera que no sería lo adecuado despedirlo si comete esta falta por primera vez, sino darle una oportunidad y quizá someterlo a un tratamiento exhaustivo. Sin embargo, agregó, si la persona es reincidente la empresa debería despedirlo.

Cabe mencionar que la sentencia recaída en el expediente Nº 03169-2006-PA/TC, señala que para que esta falta grave genere el despido del trabajador, éste deberá poseer antecedentes de indisciplina laboral o cometer actos de indisciplina efectivamente, de lo contrario el despido es irrazonable.

Por su parte, la abogada laboralista Beatriz Alva Hart cuestionó este fallo al sostener que esa decisión va en contra de la ley de competitividad y productividad laboral.

La letrada recordó que el artículo 25 de la ley de productividad y competitividad califica a la embriaguez y la violencia (en todos sus sentidos) como faltas graves en un centro laboral y, por tal motivo, causales de despido incluso aunque no sean repetidas.

“No se han puesto a pensar en aquellos casos donde un conductor ebrio de grúa o de vehículo de transporte, aunque no cometa actos de indisciplina o violencia de palabras, pone en riesgo la vida de los compañeros y del público en general al conducir un transporte”, comentó a Radio Nacional.

Asimismo, señaló que no se trata que el trabajador haga un escándalo al interior de su empresa, sino también el poner en estado de peligro a sus compañeros y a terceros, ya que “un trabajador ebrio no va a tener tanto rendimiento como un cuerdo”.

“El ejemplo va sobre todo a la juventud. Por un lado, el Estado está promocionando no conducir en estado de embriaguez y consumir bebidas alcohólicas con moderación, y por otro lado están diciendo a los jóvenes que ahora es viable ir a trabajar de boleto, es decir ir a reuniones, acostarse tarde e irse a trabajar estando ebrio”, agregó.

El laboralista César Puntriano Rosas considera que la sentencia del TC omite lo señalado en la legislación peruana y crea un requisito adicional al considerar que se debe cometer actos de indisciplina durante la embriaguez para que proceda el despido.

La ley laboral, explicó, califica como falta grave la concurrencia reiterada del trabajador a su centro laboral en estado de embriaguez, y aunque la misma no sea reiterada, dicha situación reviste excepcional gravedad.