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Desestiman el recurso de agravio constitucional en el caso el Frontón

Lunes 15 de diciembre del 2008 | 05:05

El Tribunal Constitucional declaró improcedente el pedido que presentó el Instituto de Defensa Legal (IDL), pero no se pronunció sobre el tema de fondo: es decir, determinar si era constitucional o no la resolución judicial que declara prescrita la matanza en dicho penal.

"Con esta resolución, el TC prácticamente ha declarado prescrito el caso", dijo el abogado Carlos Rivera, del IDL.
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El Tribunal Constitucional (TC) declaró hoy improcedente el recurso de agravio constitucional que interpuso el Instituto de Defensa Legal (IDL), institución que buscaba determinar si era constitucional o no la resolución judicial que acepta el hábeas corpus del marino Teodorico Bernabé Montoya, quien alega la prescripción de la matanza de El Frontón.

Bernabé fue uno de los marinos que participó en el debelamiento del motín en dicha cárcel, en 1986, en el que murieron más de 200 presos. En este caso están ligados, como potenciales testigos, el presidente Alan García y el vicepresidente Luis Giampietri, el primero porque el hecho ocurrió durante los primeros meses de su primer gobierno y el segundo porque fue uno de los que comandó dicha operación.

La decisión del TC, cuyos fallos son inapelables, se tomó por mayoría: los magistrados Juan Vergara, Ernesto Álvarez, Carlos Mesía y Fernando Calle, estos dos últimos de filiación aprista, votaron por declarar improcedente dicha demanda. En tanto, los magistrados César Landa, Ricardo Beaumont y Gerardo Eto votaron por revisar la mima y emitir un pronunciamiento sobre la constitucionalidad o no del fallo judicial que se emitió a favor del hábeas corpus del marino.

Sin embargo, el TC no se pronunció sobre el fondo del tema: es decir, si la matanza en dicho penal prescribió o no. El tribunal alegó que la Tercera Sala Penal para Reos Libres ya resolvió declarar sin eficacia la denuncia fiscal por este caso, excluyendo a Bernabé del caso, por lo cual no deben pronunciarse.

Además admitieron que cometieron un error al dar trámite, para un posterior pronunciamiento, al recurso de agravio constitucional que presentó el IDL, por lo que procedieron declarar nula la resolución que la acogió. Precisaron, en ese sentido, que este pronunciamiento no marcará un precedente vinculante y señalaron que IDL no es parte del proceso.

El proceso penal por el caso el Frontón se encuentra en la actualidad en el Cuarto y Quinto Juzgado Supraprovincial, ante los cuales la Fiscalía interpuso denuncia contra un grupo de marinos, entre otras personas.

REACCIONES. Consultado por el fallo, el abogado Carlos Rivera, del IDL , afirmó hoy que el TC “prácticamente ha dado por prescrito” el caso El Frontón con su decisión de declarar improcedente el recurso de agravio constitucional presentado por su entidad y avalar una sentencia del Poder Judicial sobre el particular.

“Si bien es cierto que el Tribunal Constitucional no ha declarado que el caso El Frontón esté prescrito, está avalando una sentencia que dice eso, lo cual, para efectos de la legalidad, es básicamente lo mismo. El TC está avalando una sentencia que dice que el caso el Frontón ha prescrito. Ese es el tema de fondo”, remarcó Rivera en diálogo con Perú21.pe.