Política | Mié. 14 ene '09

TC avala a trabajador que concurrió a laborar ebrio

Abogada Beatriz Alva Hart indica que fallo atenta contra la ley de competitividad laboral.
Un polémico fallo emitió el Tribunal Constitucional al considerar “desproporcionado e irrazonable” despedir a un trabajador que haya concurrido a su centro laboral en estado de embriaguez.

Esta decisión –según el órgano colegiado– no tendría sentido si es que dicho sujeto en ningún momento incurrió en algún acto de violencia, injuria o “faltamiento” de palabra verbal o escrita en agravio del empleador, del personal jerárquico o de otros trabajadores, ni que haya ocasionado daño alguno al patrimonio ni al acervo documentario del empleador.

La sentencia emitida a favor de un obrero que labora en la Municipalidad de Chorrillos generó distintas reacciones entre expertos laboralistas.

PRECEDENTE. El abogado Ricardo Herrera advirtió que este fallo crea jurisprudencia debido a que dicha instancia ha interpretado una ley de alcance general como la Ley General del Trabajo. “Me preocupa que el TC diga que se requiere un perjuicio económico para que se configure falta grave y se justifique el despido”, afirmó.

A su turno, Beatriz Alva Hart refirió que tal decisión va en contra de la ley de competitividad y productividad laboral. La letrada recordó que el artículo 25 de esa ley califica la embriaguez y la violencia (en todos sus sentidos) como faltas graves en un centro laboral y, por tal motivo, son causales de despido incluso aunque no sean repetitivas.

El miembro del TC Fernando Calle alegó que el fallo no es vinculante y que se trató de proteger el derecho al debido proceso del obrero demandante.


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