Domingo 27 de mayo del 2012 | 21°
Como era de esperarse, la sentencia emitida el martes por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, que condenó a Alberto Fujimori a 25 años de prisión por crímenes de Estado y de lesa humanidad, ha merecido una serie de opiniones encontradas que, por el momento, se centran en el extremo que desvincula a las 29 víctimas de los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta del grupo terrorista Sendero Luminoso (SL). Uno de los artículos de la parte resolutiva de la sentencia indica: “El tribunal hace constar, terminantemente, que los 29 agraviados reconocidos en los casos Barrios Altos y La Cantuta no estaban vinculados a las acciones terroristas del PCP-SL ni integraban esa organización criminal”. Si bien los críticos dicen que no han leído el texto completo de la sentencia –que consta de 711 páginas–, sus opiniones han concordado en el sentido de que, al no existir un fallo que haya declarado la inocencia de las víctimas del grupo Colina, este tema no debió ser incluido. No obstante, ninguno cuestiona la pena impuesta al ex mandatario ni la probidad de los vocales del tribunal y, pese a todo, reconocen el peso histórico del fallo. EN CONTRA. A consideración del jurista Aníbal Quiroga, “este punto ha causado cierto nivel de crítica dentro de la Corte Suprema porque era un tema no controvertido, es decir que no estaba en la acusación penal. Considerar que las víctimas no formaban parte de SL es un punto que podría ser considerado nulo pues no está agotado como cuestión de hecho”. Quiroga señaló además que, si bien la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José de Costa Rica, ha declarado la inocencia de las víctimas, “eso responde al criterio de la Corte de San José de dar satisfacción a las mismas, pero una corte de derechos humanos no es una corte penal ni viceversa. Creo, sin embargo, que es un tema accesorio”. El congresista aprista Mauricio Mulder consideró que esa declaratoria no debió incluirse porque “es un punto del cual se pueden agarrar quienes están en contra de la sentencia diciendo que hay una implicación política. Es un error, esto se presta a suspicacia política, (el asunto) no estaba en entredicho”, añadió. De hecho, ayer por la mañana, en RPP, la ex parlamentaria fujimorista Martha Chávez dejó entrever que la resolución tiene matices políticos. Por su parte, el abogado Mario Amoretti manifestó que, “si bien no era necesaria la mención, aun así hubieran sido terroristas, no había justificación para que el grupo Colina los asesinara”. Nada más cierto. A FAVOR. Consultado por este diario, el fiscal adjunto supremo Avelino Guillén dijo que “ese punto fue un pedido expreso de la parte civil. Nosotros compartimos esa declaratoria porque es una manera de desagraviar la memoria de las víctimas”, acotó. Asimismo, dejó en claro que, si bien no ha existido un proceso penal sobre la vinculación de las víctimas con el PCP-SL, “existen declaraciones de personal de Inteligencia que ha manifestado que no existían indicios para vincular a las víctimas con el grupo terrorista”. Fuentes de la Corte Suprema explicaron a Perú.21 que “declarar la inocencia de las víctimas era una medida de satisfacción. La Corte de San José, a través de sus sentencias, ya ha establecido que las 29 víctimas de Barrios Altos y de La Cantuta no pertenecían a Sendero Luminoso”. SÍ TIENE BENEFICIOS. Un punto aparte es el referido a los beneficios a los que el hoy condenado Alberto Fujimori podría acogerse para salir en libertad antes del año 2032. El fiscal Guillén aseguró que al ex mandatario sí le corresponden beneficios penitenciarios, pero no amnistía ni indulto.