Domingo 27 de mayo del 2012 | 22°
Calma la tormenta. Ni el ex presidente Alberto Fujimori ni su ex asesor Vladimiro Montesinos ni los integrantes del grupo Colina, algunos condenados y otros actualmente procesados por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta, se podrán acoger a los alcances del Decreto Legislativo 1097, sostuvo ayer el ministro de Justicia, Víctor García Toma, quien salió así a responder las conjeturas y especulaciones de que esta norma era para favorecer a civiles y militares procesados por delitos de violación de derechos humanos. García Toma sostuvo que los alcances del citado dispositivo, por ejemplo el sobreseimiento, no se aplican para sentenciados (casos Fujimori y Montesinos) ni procesados en etapa de juicio oral (caso Colina). Solo abarca excesos de plazos en la etapa de instrucción. Recordó que el Parlamento revisará la constitucionalidad de la norma. El citado decreto regula la aplicación de normas procesales por delitos que implican violación de derechos humanos. El titular de Justicia descartó que la misma avale la prescripción de delitos de lesa humanidad y recordó que el Perú ha suscrito convenios que no permiten tal posibilidad. “A Fujimori no le alcanza esta norma porque solo está dirigida a policías y militares, y Fujimori es civil. Está dirigida a procesados, y Fujimori está condenado. A Fujimori no es posible, según la Ley 28760, otorgarle la amnistía, el indulto o el derecho de gracia presidencial. Menos para los condenados por el delito de secuestro. Fujimori fue condenado el 7 de abril de 2009 por el delito de secuestro y otros y no le alcanza esta gracia”, refirió en diálogo con Perú. 21. No obstante, García Toma sostuvo que el decreto hace respetar el debido proceso de los involucrados, sean militares o policías. “Los violadores de DD.HH. tienen derecho a ser juzgados en plazos razonables”, remarcó. YA PRESCRIBIERON. De parecer distinto fue el ministro de Defensa, Rafael Rey. Sostuvo que las críticas a la norma provienen de sectores que persiguen a las Fuerzas Armadas y a la Policía. “Los 'caviares’ y algunas ONG de derechos humanos han vendido la idea de que los delitos de violación de derechos humanos son imprescriptibles”, dijo. Sin embargo, recordó que en agosto de 2003, el Perú se adhirió a la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad y que recién a partir de esa fecha rige en el país, por lo que los casos ocurridos con anterioridad “ya están prescritos”. “Lo que pasa y esto le molesta mucho a los 'caviares’ y, en concreto, al IDL es que se les ha caído toda la prédica que habían hecho sobre la base de esto”, subrayó. Rey sostuvo que, a su juicio, el caso El Frontón (ocurrido en junio de 1987) “ya ha prescrito de todas maneras”.