Además:

Luis Castañeda insiste en denunciar a Perú.21

2010/09/14

Burgomaestre interpuso recurso de apelación contra la resolución que rechazó querella. Sala Superior Penal decidirá en los próximos días si confirma o no la decisión de juez.

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En sus trece. El alcalde de Lima, Luis Castañeda Lossio, interpuso ayer un recurso de apelación contra la resolución que dictara el 26 de agosto pasado el juez del 55° Juzgado Penal de Lima que rechazó la querella interpuesta al director de Perú.21, Fritz Du Bois, por la comisión de los presuntos delitos de injuria y difamación agravada porque el diario informó sobre las irregularidades detectadas en el pago de S/.35.6 millones por parte de la Municipalidad de Lima a la empresa Comunicore. El magistrado Eduardo Contreras Morosini, titular de la citada instancia, declaró improcedente la denuncia de Castañeda y ratificó la potestad de la prensa para “analizar asuntos o cuestiones relacionadas con la comunidad social o asuntos de Estado para que la ciudadanía pueda tomar conocimiento de informaciones que, de otro modo, no estarían a su alcance”. Castañeda había solicitado una reparación civil de un millón de soles. No obstante, el magistrado consideró que el caso Comunicore no solo tuvo un manejo ponderado de la información sino que consideró que “es un tema que atañe al interés público, toda vez que está relacionado a una personalidad representativa y a la administración de la comuna metropolitana”. SE VICTIMIZA. En el recurso de impugnación del burgomaestre limeño, que está firmado por él y por su abogado Alberto Borea Odría, reitera que se ha mellado su imagen y su honor en las composiciones gráficas con las que se presentan las noticias. Expertos en temas procesales consultados por Perú.21 indicaron que el alcalde capitalino buscaría propiciar la instauración de un proceso penal en el que se discuta su intervención en el tema del millonario pago , y tener la posibilidad de presentarse en calidad de agraviado. El objetivo, añaden los analistas, es conseguir un fallo judicial en el que se concluya que no tuvo participación en este caso de corrupción y que, más adelante, podría presentarlo como un acto de cosa juzgada.