Además:

Indulto o amnistía para procesados de las Fuerzas Armadas. ¿Qué hacer?

2008/11/11
Compartir

En el debate sobre los proyectos de ley que buscan indultar o amnistiar a militares injustamente procesados por violación a los derechos humanos, o que enfrentan procesos indebidamente largos, estamos ante un hecho muy peculiar: en términos de las intenciones, todos están de acuerdo. De un lado se dice que no se quiere exonerar de responsabilidad a quienes violaron los derechos humanos o cometieron delitos; del otro lado, se dice que se comparte la preocupación por juicios excesivamente largos a miembros de las Fuerzas Armadas. Si es así, ¿por qué tanta controversia? Hay fundadas sospechas de que la propuesta de amnistía o indulto escondería la intención de favorecer indebidamente a quienes no lo merecen o que podría ser utilizada por estos. Ello hace que la comunidad de DD.HH. se haya pronunciado en contra de estas iniciativas, lo que está bien. Sin embargo, esto no significa que no exista un problema serio de cumplimiento de las obligaciones del Estado con los miembros de las FF.AA. y policiales que se enfrentaron a la subversión defendiendo el interés general de la sociedad. Esta es, me parece, una excelente oportunidad para que la comunidad de DD.HH. tome una iniciativa que demuestre que está también preocupada por la situación de las FF.AA. y policiales, y de concretar una de las ideas de la Comisión de la Verdad y Reconciliación: “La CVR considera que aquellas personas que hayan resultados heridas, lesionadas y muertas en enfrentamientos armados y que pertenecían en ese momento a una organización subversiva terrorista no pueden ser consideradas víctimas. Estas personas tomaron las armas contra el régimen democrático y, como tales, se enfrentaron a la represión legal y legítima que las normas confieren al Estado. Por otro lado, los miembros de las FF.AA., policiales o comités de autodefensa que son heridos, lesionados o muertos en enfrentamientos armados sí son considerados víctimas en este esquema. Estas personas fueron dañadas como consecuencia de un acto legal y legítimo de defensa del orden democrático y merecen el reconocimiento y respeto del Estado y la sociedad” (tomo IX, capítulo 2). La agenda, en este sentido, es muy grande, y no debería ser dejada a los sectores reaccionarios. Se debe asegurar una defensa adecuada a los policías y militares encausados por haber participado en acciones de combate a la subversión; se debe asegurar el debido proceso y sentencias en plazos razonables; se debe asegurar atención médica a todos los que la requieran, pensiones dignas a personal discapacitado y a las viudas y huérfanos de los caídos en acción. ¿Qué hay de la Defensoría de la Policía? ¿No debería haber algo similar en las Fuerzas Armadas? La solución no es ni el indulto ni la amnistía; entonces, ¿qué se propone?