Domingo 27 de mayo del 2012 | 20°
La respuesta que el Congreso le ha dado a Perú.21 es absolutamente inválida. Los documentos de rendición de cuentas de gastos operativos son públicos porque evidencian cómo se utilizó el dinero del Estado en el ejercicio de la gestión pública. Son gastos que están estrictamente vinculados al ejercicio de la función congresal y son públicos para que puedan ser fiscalizados por cualquiera. Si, además, una entidad pública decide sumarse y hacer una auditoría, eso de ningún modo puede volver secreto lo que, por principio, es público. Una auditoría no va a concluir necesariamente en una sanción administrativa o en una denuncia penal. Es ver qué hay, y la conclusión puede ser que no hay nada y que todo está bien. El Congreso infringe la ley porque no se basa en ninguna excepción establecida expresamente en la norma que fija reservas solo cuando se trata de un procedimiento sancionador.