Sábado 26 de mayo del 2012 | 19°
El D. Leg. 1090 (Ley Forestal y de Fauna Silvestre) fue dictado el 27 de junio de 2008, al amparo de las facultades legislativas otorgadas al Ejecutivo para implementar normas en el marco del TLC con EE.UU. Derogó la Ley 27308, dada a fines del gobierno de Fujimori. El objetivo es regular y supervisar el manejo y aprovechamiento sostenible de recursos forestales, incluyendo concesiones de ecoturismo y de conservación, en armonía con el interés nacional. Uno de los principales cuestionamientos de los nativos y expertos es que este decreto no fue sometido a consideración de las comunidades nativas amazónicas, como lo exige el Convenio 169 de la OIT. Se denuncia que su contenido debilita la institucionalidad forestal al someterla al ámbito de una autoridad creada en el interior del Ministerio de Agricultura. Se advierte que reduciría los mecanismos de control de la tala ilegal y facilitaría el aprovechamiento y comercio de productos de origen controversial, como los derivados de bosques en protección.