Domingo 27 de mayo del 2012 | 18°
Ante una eventual condena por los crímenes de Barrios Altos y de La Cantuta, el ex mandatario Alberto Fujimori no podría ser beneficiado con una ley de amnistía o con un indulto presidencial de este o de otro régimen, pues estas figuras no se aplican en los casos de homicidio, desapariciones forzadas u otra forma de violación de los derechos humanos. Así lo establece –según explica el fiscal supremo José Peláez Bardales– la justicia penal internacional a la cual el Perú está sujeto, en el caso de la amnistía, y de las leyes internas que rigen desde hace más de 25 años, para el caso del indulto. En consecuencia, el único beneficio para Fujimori, si fuera hallado culpable en el juicio que actualmente se le sigue, sería la semilibertad luego de que acumule un tercio de la pena que se le imponga. Esto último significa, también, que saldría de prisión mucho antes de que cumpla toda su condena. SIN IMPUNIDAD. Entre los argumentos de los organismos internacionales de derechos humanos en contra de la amnistía figuran que esta es absolutamente incompatible con el enjuiciamiento y con el castigo penal que deben tener todos aquellos responsables de actos criminales, como asesinatos, desapariciones forzadas, secuestros y torturas. “La leyes de amnistía frustran y contravienen la obligación del Estado de investigar y sancionar a los responsables de violaciones de los derechos humanos, sean estos de miembros del Ejército o de civiles. La amnistía es un manto de impunidad, alienta los excesos dentro de un Estado y genera, además, el desprecio por la ley, ya que priva a las víctimas de su derecho a hallar justicia”, se sostiene en varios informes anuales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. FALACIA. Si bien se habló en algún momento de que el líder fujimorista podría recibir el indulto presidencial –en un hipotético escenario en el que su hija Keiko pudiese acceder al poder–, ello sería inviable jurídicamente de acuerdo con las leyes que excluyen expresamente de este beneficio a aquellos que sean encontrados culpables del delito de asesinato. La Comisión de Indultos del Ministerio de Justicia recuerda que la Ley 23490 excluye del indulto a quienes se les ha probado su culpabilidad en casos de homicidio, tráfico de drogas y prevaricato. Voceros de este portafolio dijeron a Perú.21 que solo podría otorgarse el indulto por razones humanitarias, lo cual es poco probable debido a que se ha demostrado, en el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN), que el ex jefe de Estado no sufre una enfermedad terminal. POSICIONES. Tanto el fiscal supremo José Peláez Bardales como el secretario ejecutivo de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, Ronald Gamarra, afirman que, si bien los fujimoristas examinan todas las posibilidades que beneficien a su líder preso, la amnistía y el indulto ni siquiera deberían ser mencionados a favor del gobernante. Entre tanto, Keiko Fujimori, hija del procesado, ha vuelto a decir recientemente, a través de un diario local, que ella misma le otorgaría el indulto a su padre si ganara las elecciones presidenciales en el año 2011. Por su parte, el legislador fujimorista Rolando Sousa consideró que sí se le podría dar un indulto presidencial a Alberto Fujimori, pero que, por estos tiempos, su agrupación no lo propondrá de modo alguno. Ninguno de los dos, sin embargo, ha expuesto las razones legales que invocarían para sustentar un indulto presidencial al ex mandatario. Además, es evidente que todos los fujimoristas no aceptarán, en ningún momento, que su líder, ante una eventual condena, pase varios años privado de su libertad.