Redacción PERÚ21

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La Sala Especializada en Protección del Consumidor del Tribunal del (SPC) sancionó a la empresa Perú S.A con una multa total de 157.37 UIT (S/653,085.50 por la demora, reprogramación y cancelación de 301 vuelos.

La aerolínea no pudo acreditar que esta denuncia escapó de su control, pese a haber sostenido en su defensa que la mayoría de las demoras, cancelaciones y reprogramaciones de dichos vuelos se habrían debido a hechos fortuitos o de fuerza mayor.

Para revertir la conducta infractora, la entidad reguladora impuso como medida correctiva la devolución del costo de los pasajes a aquellos consumidores afectados que adquirieron su pasaje, registraron su embarque y no pudieron viajar.

El pago respectivo lo realizará directamente la empresa sin que los consumidores tengan que gestionarlo. Es decir, no será necesario que los clientes presenten el boleto aéreo como medio probatorio para acreditar la contratación del servicio.

LAN deberá presentar pruebas del cumplimiento de esta medida correctiva ante la Comisión de Protección al Consumidor de la Sede Lima Norte en un plazo de 30 días, que culminará el próximo 31 de julio.

Respuesta de LAN

La Gerencia de Asuntos Corporativos de LATAM Airlines Perú señaló la sanción impuesta por INDECOPI será revisada en vía judicial por la autoridad competente.

"Las Resoluciones mencionadas restan valor probatorio a los informes técnicos elaborados por nuestro personal de mantenimiento respecto a situaciones que calificaron como caso fortuito, a pesar de que éstos fueron debidamente acreditados ante la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), entidad competente en la fiscalización y supervisión en materia de aeronáutica civil en el Perú", se indica en un comunicado.

Además agrega que "no hubo pasajeros afectados", hecho por el cual la Sala Especializada en Protección al Consumidor disminuyó la multa impuesta en más de un 60% respecto a la multa inicial.

Aquí puedes leer la resolución emitida por Indecopi: